La reforma del Código Penal del año 2015 endureció las penas en función de los daños generados y la intencionalidad
La reforma del Código Penal del año 2015 endureció las penas para aquellos que provoquen un incendio forestal. En función de los daños generados y la intencionalidad, la condena podría ser de 10 a 20 años, si se pone en peligro la vida humana.
Además de una multa de 12 a 24 meses. Se refiere a la cantidad de dinero que se debe pagar como sanción económica, basándose en los ingresos del condenado y otros factores relevantes.
Para los incendios graves la pena iría de 3 a 6 años de cárcel y una multa de 18 a 24 meses. Las condenas bajan cuando los incendios no son forestales. Quien provoque un incendio de este tipo se enfrenta a penas que van de los de 6 meses a los 2 años y una multa de 6 a 24 meses.
Para el incendio no extendido, el Código Penal contempla un castigo de 6 meses a un año de prisión y una multa de 6 a 12 meses para la persona que prenda fuego a montes o masas forestales sin que llegue a propagarse el incendio. No se contempla pena alguna si esta extensión no se produce voluntariamente...